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Auxilio Judicial · examen oficial

Examen de Auxilio Judicial del Ministerio de la Presidencia (2026)

Auxilio Judicial · segundo ejercicio: casos prácticos (modelo A) · 3/10/2026

40preguntas
4opciones
fallo −1/4penalización
20nota de corte

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PLANTILLA DEFINITIVA Gratis y sin registro haces las cinco primeras preguntas con su reloj y su penalización; entero, con Premium.

Ficha del examen

Organismo
Ministerio de la Presidencia
Examen
Auxilio Judicial · segundo ejercicio: casos prácticos (modelo A)
Convocatoria
Orden PJC/1549/2025, de 22 de diciembre (BOE de 30/12/2025), turno libre
Fecha
3/10/2026
Preguntas
40 (más 1 anulada)
Opciones
4
Penalización
cada fallo resta 1/4 de acierto
Tiempo
60 minutos
Nota de corte
20 netos
Plantilla
Definitiva del Tribunal
Documento oficial
mjusticia.gob.es

Cómo es este examen

Este es el cuestionario oficial de Auxilio Judicial · segundo ejercicio: casos prácticos (modelo A), que puso Ministerio de la Presidencia el 3/10/2026. Son 40 preguntas, con 4 opciones por pregunta y cada fallo resta 1/4 de acierto. Había 60 minutos, unos 90 segundos por pregunta. El Tribunal anuló 1 pregunta, que no salen al hacerlo.

Las respuestas son las de la plantilla definitiva que publicó el Tribunal, después de resolver las impugnaciones.

La nota de corte fue de 20 netos sobre 40 (50 %). Al terminarlo online te decimos si la habrías pasado.

Del Ministerio de Justicia tenemos 20 exámenes de Auxilio Judicial (2018-2026); este es el más reciente.

Es un examen más corto que la mayoría: la mediana de los 20 exámenes de Auxilio Judicial que tenemos es de 100 preguntas.

39 preguntas nombran una norma concreta en el enunciado. Las que más: Ley 4/2016, 20 veces y Ley 36/2011 (de la jurisdicción social), 18 veces.

La respuesta buena se reparte así entre las letras: a) 15, b) 10, c) 6, d) 9; la que más se repite es la a). La opción más larga es la correcta en 13 de 31 preguntas (42 %, frente al 25 % del azar).

Las 15 primeras preguntas, con su respuesta

La respuesta marcada es la de la plantilla del Tribunal.

  1. Pregunta 105

    CASO PRÁCTICO 1 – AUXILIO JUDICIAL ORDEN PJC/1549/2025, DE 22 DE DICIEMBRE. Don Juan Sánchez Hernández, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Doña Lucrecia Rojas Blanco y bajo la dirección letrada de Doña Ana Ibarrondo Alto, interpuso Demanda frente a la resolución de fecha 7 mayo de 2026, dictada por la Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid, declarándose responsable a la Sra. Rojas Blanco por el abandono de un animal de compañía y se le sanciona por la comisión de una infracción tipificada como muy grave en la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid y se le impone una multa de 9.001 euros. Doña Lucrecia Rojas Blanco tiene su domicilio en la Calle Duquesa de Pastrana número 8 de Sigüenza (Guadalajara). La cuantía del procedimiento se fijó por el letrado de la Administración de Justicia en 9.001 euros.

    De conformidad con el artículo 14.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa será competente con carácter general el órgano jurisdiccional:

    1. a)En cuya circunscripción tenga su sede el órgano que hubiere dictado la disposición o el acto originario impugnado.✓ correcta
    2. b)En cuya circunscripción tenga el demandante su domicilio.
    3. c)A elección del demandante, el juzgado o tribunal en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio o se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado.
    4. d)A elección del demandado, el juzgado o tribunal en cuya circunscripción tenga aquél su domicilio o se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado.
  2. Pregunta 106

    Doña Lucrecia Rojas Blanco:

    1. a)Podrá conferir su representación a un procurador y deberá estar asistida, en todo caso, por abogado.✓ correcta
    2. b)Deberá estar representada por procurador y asistida por abogado.
    3. c)No es preceptiva la intervención de abogado.
    4. d)Es preceptiva la intervención de procurador.
  3. Pregunta 107

    En el presente caso, la demanda deberá sustanciarse por los trámites del procedimiento:

    1. a)Ordinario.
    2. b)Abreviado.✓ correcta
    3. c)Protección de Derechos Fundamentales.
    4. d)Monitorio.
  4. Pregunta 108

    En el supuesto de que el Sr. Sánchez Hernández no acompañe con su demanda copia de la resolución de fecha 7 de mayo 2026, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa:

    1. a)Se requerirá a la Administración demandada para que remita la resolución junto con el expediente administrativo.
    2. b)Se requerirá a la Administración demandada para que aporte copia de la resolución impugnada.
    3. c)Se requerirá al actor para que en el plazo de diez días aporte la copia de la resolución impugnada.✓ correcta
    4. d)Se requerirá al actor para que en el plazo de quince días aporte la copia de la resolución impugnada.
  5. Pregunta 109

    El plazo para la interposición del recurso contencioso–administrativo por la Sra. Lucrecia Rojas Blanco es de:

    1. a)Dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución dictada por la Viceconsejería, según lo establecido en el artículo 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
    2. b)Dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución dictada por la Viceconsejería, según lo establecido en el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.✓ correcta
    3. c)Dos meses contados desde la notificación de la resolución dictada por la Viceconsejería, según lo establecido en el artículo 45 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
    4. d)Dos meses contados desde la notificación de la resolución dictada por la Viceconsejería, según lo establecido en el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  6. Pregunta 110

    De conformidad con el artículo 57 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa si el demandado solicita la inadmisión del recurso y el juez o tribunal no han hecho uso de la facultad que le atribuye el artículo 61 de la citada Ley, se dará traslado al demandante para alegaciones:

    1. a)En todo caso.
    2. b)En ningún caso.
    3. c)Si en los escritos de demanda y contestación se solicita el recibimiento a prueba.
    4. d)Si el actor pide por otrosí en su demanda que el recurso se falle sin necesidad de recibimiento a prueba ni tampoco de vista o conclusiones y la parte demandada no se opone.✓ correcta
  7. Pregunta 145

    CASO PRÁCTICO 1 – AUXILIO JUDICIAL ORDEN PJC/1549/2025, DE 22 DE DICIEMBRE. Don Juan Sánchez Hernández, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Doña Lucrecia Rojas Blanco y bajo la dirección letrada de Doña Ana Ibarrondo Alto, interpuso Demanda frente a la resolución de fecha 7 mayo de 2026, dictada por la Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid, declarándose responsable a la Sra. Rojas Blanco por el abandono de un animal de compañía y se le sanciona por la comisión de una infracción tipificada como muy grave en la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid y se le impone una multa de 9.001 euros. Doña Lucrecia Rojas Blanco tiene su domicilio en la Calle Duquesa de Pastrana número 8 de Sigüenza (Guadalajara). La cuantía del procedimiento se fijó por el letrado de la Administración de Justicia en 9.001 euros.

    CASO PRÁCTICO 2 - AUXILIO JUDICIAL ORDEN PJC/1549/2025, DE 22 DE DICIEMBRE. Dª. Miriam Muñoz García, mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Mayor nº 5 de Segovia, actuando en su propio nombre y derecho, presenta demanda de despido nulo con vulneración de derechos fundamentales y, de forma subsidiaria, despido improcedente contra la empresa Verde Light, con domicilio social en Calle Balmes nº 32 de Barcelona, en la persona de su representante legal, desempeñando sus servicios en el centro situado en Avenida de la Albufera nº 45 de Madrid, y en la directora de recursos humanos Dª Josefina Pérez Martín con domicilio en el citado centro de trabajo. También es parte el Ministerio Fiscal. La trabajadora ostenta la cualidad de representante sindical de los trabajadores. La Sra. Muñoz ha venido prestando servicios en la citada mercantil desde el día 3/06/2024 con un contrato de trabajo indefinido, con la categoría de auxiliar administrativo percibiendo un salario bruto mensual de 1.400 euros con absoluta diligencia y profesionalidad. El día 7/01/2025 comunica a la Sra. Pérez, su incorporación de la baja por maternidad y como consecuencia de ello, durante los tres meses posteriores sufre varios episodios de hostigamiento y trato degradante lo que le provoca un estado de ansiedad y deterioro emocional, causando finalmente con fecha 7/04/2025 baja por incapacidad temporal. Con fecha 20/06/2025, cinco días después de incorporarse de la citada baja, la empresa le comunica el despido disciplinario basado en incumplimiento grave y culpable de la trabajadora por supuestas faltas graves, según la carta de despido que adjunta. Con posterioridad las partes acuden al preceptivo acto de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) cuyo resultado es celebrado sin avenencia. La demandante solicita la nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales, siendo totalmente discriminatorio ya que el verdadero motivo del despido es su reciente maternidad, así como a una indemnización adicional de 10.000 euros por los daños morales y perjuicios sufridos y, de forma subsidiaria, despido improcedente con las consecuencias legales inherentes a dicha declaración. La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia competente, dicta sentencia estimatoria contra la empresa Verde Light declarando el despido improcedente absolviendo a la Sra. Pérez Martín de todas las pretensiones ejercitadas.

    De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa, el emplazamiento a la administración se entenderá efectuado por:

    1. a)El envío del expediente.
    2. b)La reclamación del expediente.✓ correcta
    3. c)La recepción de la demanda.
    4. d)La contestación a la demanda.
  8. Pregunta 112

    CASO PRÁCTICO 1 – AUXILIO JUDICIAL ORDEN PJC/1549/2025, DE 22 DE DICIEMBRE. Don Juan Sánchez Hernández, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Doña Lucrecia Rojas Blanco y bajo la dirección letrada de Doña Ana Ibarrondo Alto, interpuso Demanda frente a la resolución de fecha 7 mayo de 2026, dictada por la Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid, declarándose responsable a la Sra. Rojas Blanco por el abandono de un animal de compañía y se le sanciona por la comisión de una infracción tipificada como muy grave en la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid y se le impone una multa de 9.001 euros. Doña Lucrecia Rojas Blanco tiene su domicilio en la Calle Duquesa de Pastrana número 8 de Sigüenza (Guadalajara). La cuantía del procedimiento se fijó por el letrado de la Administración de Justicia en 9.001 euros.

    En el presente caso, recibido el expediente administrativo, se entregará al:

    1. a)Actor, para que pueda hacer alegaciones en el acto de la vista.✓ correcta
    2. b)Actor, para que pueda hacer alegaciones por escrito.
    3. c)Demandado, para que pueda hacer alegaciones en el acto de la vista.
    4. d)Demandado, para que pueda hacer alegaciones por escrito.
  9. Pregunta 113

    En el supuesto de que, en el presente caso, al acto de la vista no compareciere la parte actora:

    1. a)Se suspenderá la vista.
    2. b)Proseguirá la vista.
    3. c)Se la tendrá por desistida del recurso sin condena en costas.
    4. d)Se la tendrá por desistida del recurso y se le condenará en costas.✓ correcta
  10. Pregunta 114

    En el supuesto de celebrarse la vista, la sentencia se dictará en el plazo de:

    1. a)5 días.
    2. b)10 días.✓ correcta
    3. c)15 días.
    4. d)20 días.
  11. Pregunta 115

    En el presente caso, si la sentencia que se dicte fuera desestimatoria, las partes podrán interponer:

    1. a)Recurso de reposición.
    2. b)Recurso de súplica.
    3. c)Recurso de apelación.
    4. d)No cabe recurso.✓ correcta
  12. Pregunta 116

    De dictarse sentencia, la notificación de la misma a la parte actora se realizará en el presente caso a:

    1. a)Don Juan Sánchez Hernández, vía Lexnet.✓ correcta
    2. b)Doña Ana Ibarrondo Alto, vía Lexnet.
    3. c)Doña Lucrecia Rojas Blanco, por correo certificado con acuse de recibo.
    4. d)Doña Lucrecia Rojas Blanco, mediante Exhorto al Tribunal de Instancia de Sigüenza.
  13. Pregunta 117

    De dictarse sentencia, la notificación de la misma a la Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid se entenderá por realizada a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid:

    1. a)Al día siguiente hábil a la fecha de recepción.✓ correcta
    2. b)Al día siguiente natural a la fecha de recepción.
    3. c)El mismo día de la recepción.
    4. d)A los tres días sin que el destinatario acceda a su contenido.
  14. Pregunta 118

    En el supuesto de que la notificación de la sentencia a la representación procesal de la parte actora fuera enviada por el Tribunal de Instancia el lunes 8 de junio de 2026 a las 15:30 horas se tendrá por realizada (siendo todos los días hábiles):

    1. a)El lunes 8 de junio de 2026.
    2. b)El martes 9 de junio de 2026.
    3. c)El miércoles 10 de junio de 2026.✓ correcta
    4. d)El jueves 11 de junio de 2026.
  15. Pregunta 119

    En el supuesto anterior, si Doña Lucrecia quiere pedir la aclaración de la sentencia, el plazo empezará a contar:

    1. a)El martes 9 de junio de 2026.
    2. b)El miércoles 10 de junio de 2026.
    3. c)El jueves 11 de junio de 2026.✓ correcta
    4. d)El viernes 12 de junio de 2026.

Te quedan 25 preguntas. Hazlo entero online como el día del examen: con su reloj, su penalización y tu nota al final, comparada con la nota de corte.

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Fuente oficial

Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes: cuestionario del modelo A y plantilla definitiva del Tribunal Calificador Único Ver el documento oficial en mjusticia.gob.es.

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Datos actualizados el 6/11/2026

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